Rentas exentas – Personas naturales.

30 agosto, 2022 admin 0

A partir de la redacción del parágrafo 3 del artículo 1.2.4.1.6. del Decreto 1625 de 2016, ¿debe interpretarse que el límite del valor absoluto de cinco mil cuarenta (5.040) Unidades de Valor Tributario (UVT) anuales aplicable sobre las rentas exentas y deducciones, implica una obligación en cabeza del contribuyente objeto de retención en la fuente; o se extiende igualmente en cabeza del agente retenedor al momento de practicar la retención por concepto de ingresos laborales, pese a que tal obligación no está de manera expresa en cabeza de este?