El importador podrá solicitar el reconocimiento del TAP dentro del año siguiente a la presentación y aceptación de sus declaraciones de importación, para lo cual, si bien con la solicitud el contribuyente importador debe acreditar que la mercancía es originaria con la certificación de origen y los demás requisitos establecidos, lo cierto es que la presentación oportuna de la solicitud es la que enerva la caducidad para obtener el tratamiento preferencial. |
Consejo de Estado. Término para acogerse al tratamiento preferencial arancelario. Descargar |