Si es empleador o contratante que desea vincular, contratar, emplear o admitir a un extranjero debe: • Exigirle la presentación de la Visa que le permita desarrollar la actividad, ocupación u oficio autorizado. • Contar con Cédula de Extranjería cuando su permanecía sea igual o superior a tres (3) meses). • Informar por escrito a la Unidad Administrativa Migración Colombia sobre la vinculación, contratación o admisión y su desvinculación o la terminación del contrato, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la iniciación o terminación de labores. (….) |
Mintrabajo. Contratación de Extranjero. Descarga |