Contratista. / Contador contratista para ser revisor fiscal en una empresa social del Estado.


Se consulta si un contador que es contratista por prestación de servicios de una ESE en el área financiera, puede postularse para ejercer como revisor fiscal de la misma empresa, donde la vinculación es también por contrato de prestación de servicios.


De acuerdo a lo expresado por el Consejo de Estado y lo establecido en la Ley 80 de 1993, no existe norma que limite la celebración de contratos a una misma persona natural durante un mismo lapso o que las inhabilite para suscribir más de un contrato.


Teniendo en cuenta que las inhabilidades para contratar deben estar consagradas en forma expresa, clara y son taxativas y de interpretación restrictiva, se considera que no existe inhabilidad para que una persona natural suscriba uno o más contratos con entidades públicas, siempre y cuando la persona esté en la capacidad de cumplir a cabalidad los objetos previstos en ellos.


Así mismo, con fundamento en los criterios y disposiciones expuestos, quien ejerció como contratista puede suscribir un nuevo contrato con la misma entidad para desempeñarse como revisor fiscal, por cuanto la inhabilidad para contratar se aplica frente a quienes hayan auditado o controlado en su carácter de servidor público o de Revisor Fiscal, situaciones que no son aplicables al caso materia de consulta.


Departamento Administrativo de la Función Pública.
Concepto 039471 / 25/01/2022

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