La presente resolución establece una serie de obligaciones para los prestadores de servicios públicos domiciliarios en relación con la contribución especial para la vigencia 2024.
En el artículo 1 se determina que deben realizar un primer pago parcial a la Superservicios, correspondiente al 60% del valor de la contribución especial de la vigencia 2023, siempre y cuando la liquidación haya adquirido firmeza antes del 31 de diciembre de 2023.
En el artículo 2 se especifica que dicho pago puede realizarse a través de la plataforma de Pagos Seguros en Línea (PSE) entre el 2 y el 31 de enero de 2024. Por otro lado, el artículo 3 establece que aquellos prestadores cuyas liquidaciones no hayan adquirido firmeza antes del 31 de diciembre de 2023 deben efectuar el primer pago de la contribución especial de la vigencia 2024 en el mes calendario siguiente a la fecha de firmeza de la contribución especial de la vigencia 2023.
Adicionalmente, se menciona en el párrafo que la Superservicios pone a disposición de los prestadores una herramienta para descargar el formato de pago ante las entidades bancarias, disponible en su página web.
Si los prestadores no pueden acceder a dicho formato, se les brinda la opción de solicitarlo mediante correo electrónico para realizar el pago a través del cupón de recaudo verde del Banco de Bogotá, ya sea en efectivo o con cheque de gerencia.
En el artículo 4 se establece que, una vez proferida la resolución que fije la tarifa de la contribución especial para el año 2024, se procederá a realizar la liquidación oficial a cada prestador, descontando el valor cancelado por el primer pago según lo establecido en el artículo 1.
Finalmente, el artículo 5 señala que la resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, conforme a lo dispuesto en el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
A continuación, se presenta una tabla con la normatividad:
Artículo | Contenido |
---|---|
1 | Primer pago parcial del 60% de la contribución 2023 antes del 31 de diciembre de 2023 con firmeza. |
2 | Pago a través de PSE entre el 2 y 31 de enero de 2024. |
3 | Pago para liquidaciones sin firmeza antes del 31 de diciembre de 2023 en el siguiente mes calendario. Herramienta disponible en la web de Superservicios. |
4 | Descuento del primer pago en la liquidación oficial después de fijar la tarifa para el año 2024. |
5 | Entrada en vigencia de la resolución a partir de su publicación en el Diario Oficial según el CPACA. |
¿Cuál es la fecha límite para que los prestadores de servicios públicos domiciliarios realicen el primer pago parcial de la contribución especial para la vigencia 2024 según lo establecido en la resolución?
La fecha límite para realizar el primer pago parcial es el 31 de enero de 2024, a través de la plataforma de Pagos Seguros en Línea (PSE) o mediante transferencia electrónica.