¿Cuál es la importancia de encontrar un equilibrio entre la notificación oportuna y el acceso completo a la información en los actos administrativos aduaneros?


La notificación oportuna de los actos administrativos aduaneros

En el ámbito aduanero, uno de los temas que genera debates y controversias es el plazo establecido para que la autoridad aduanera expida el acto administrativo de fondo y proceda a su notificación. Actualmente, se ha establecido un plazo de 45 días para llevar a cabo este proceso. Sin embargo, existe una discusión acerca de si este plazo es suficiente o si debería ampliarse.

En contra de la ampliación del plazo, se argumenta que notificar los actos administrativos dentro de este plazo garantiza el derecho al debido proceso y permite a los administrados ejercer su derecho de defensa de manera oportuna. De esta manera, se evita que se configure el silencio administrativo positivo, que va en contra del espíritu del legislador y genera incertidumbre jurídica.

Por otro lado, se sostiene que el Gobierno Nacional no puede establecer que la autoridad aduanera no esté limitada temporalmente para notificar los actos administrativos. Si la notificación no se realiza dentro del plazo establecido, se corre el riesgo de que se genere el silencio administrativo positivo. Esto podría ser perjudicial para los administrados, ya que necesitan conocer el contenido del acto administrativo para ejercer su derecho de defensa y presentar los recursos correspondientes.

Además, la modificación del artículo 512 del Decreto 2685 de 1999 ha excluido el término de notificación dentro del plazo para decidir de fondo. Esto genera inseguridad jurídica y vulnera el principio de publicidad, el cual busca que los actos administrativos sean conocidos en su integridad. Es fundamental que los administrados tengan acceso a la información completa y oportuna para ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones establecidas.

Por otra parte, se argumenta que el plazo de 15 días hábiles que tiene el administrado para responder al requerimiento especial aduanero o interponer el recurso de reconsideración es adecuado para garantizar el derecho de defensa y el cumplimiento de los principios del debido proceso. Este plazo brinda un margen razonable para que los administrados puedan preparar su respuesta y presentar los recursos correspondientes.

Sin embargo, es importante considerar que la consulta en la página web de la entidad no siempre es suficiente para garantizar el conocimiento completo del acto administrativo y ejercer adecuadamente el derecho de defensa. La información en línea puede ser limitada o no estar actualizada, lo que puede dificultar el ejercicio pleno de los derechos por parte de los administrados.

En conclusión, la notificación oportuna de los actos administrativos aduaneros es fundamental para garantizar el debido proceso y el ejercicio adecuado de los derechos de los administrados. Si bien es importante establecer plazos para agilizar los procedimientos, también es necesario asegurar que los administrados tengan acceso completo y oportuno a la información necesaria para ejercer sus derechos de defensa. Es responsabilidad de las autoridades aduaneras encontrar un equilibrio que garantice la eficiencia administrativa sin comprometer la seguridad jurídica y el respeto a los principios fundamentales del derecho administrativo.


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