CONSIDERACIONES DE LA SALA:
Una Interpretación Detallada del Caso
La Sala ha considerado con detalle los términos de la demanda y ha tomado la decisión en relación con la nulidad de las disposiciones reglamentarias en cuestión.
La controversia gira en torno a si el Gobierno excedió su potestad reglamentaria al establecer ciertos requisitos en relación con el beneficio tributario para las nuevas sociedades en las zonas afectadas por el conflicto armado (Zomac).
La definición de «empleo directo» ha sido discutida en el contexto de las regulaciones.
La demandante argumenta que al restringirlo a contratos laborales, se excluyen otras formas de contratación formal, lo que podría limitar la aplicación del incentivo. Sin embargo, la Sala concluye que la reglamentación se ajusta al propósito de la ley de fomentar el empleo y asegurar su formalización.
En cuanto a la definición de inversión, la demandante argumenta que al limitarla a «propiedad, planta, equipo e inventario», se excluyen otros activos como los biológicos e intangibles.
La Sala analiza las definiciones contables y concluye que la reglamentación redujo el alcance de la ley, y por lo tanto, declara su anulación.
En relación con la exigencia de inscribir la condición de Zomac y especificar el tamaño de la empresa en el RUT, la Sala considera que esta información es relevante para el control tributario y no excede la potestad reglamentaria.
Finalmente, en lo que respecta a la certificación anual de activos, la Sala reconoce la necesidad de establecer requisitos para el control y sostiene que estos son razonables y se ajustan a la finalidad del beneficio.
En conclusión, la Sala ha analizado detenidamente los argumentos presentados y ha tomado su decisión en relación con la nulidad de las disposiciones reglamentarias en cuestión, considerando tanto el propósito de la ley como la necesidad de control y ejecución efectiva de la misma.