Implementación del límite de 5 UVT para expedición de tiquete POS
Bogotá, 1 de junio de 2023
Se venció el plazo para que los facturadores electrónicos implementen el límite de 5 Unidades de Valor Tributario (UVT), esto es $212.060 antes de impuestos para la vigencia 2023, como monto máximo para la expedición de documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema POS, por cada operación de venta de un bien o prestación de un servicio. Lo anterior, teniendo en cuenta que la UVT fijada por la DIAN para 2023 es de $42.412.
Esto indica que el último grupo del calendario establecido en la Resolución 1092 del 1 de julio de 2022, es decir, los demás sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas en los vencimientos del 1 de febrero, 1 de abril y 1 de mayo, que usen el tiquete de máquina registradora con sistema POS, no deben expedirlo si la venta supera los $212.060 y en su lugar, deberán expedir factura electrónica en todos los casos o cuando el adquirente la exija, cuando los valores sean inferiores a la suma mencionada.
Los responsables de facturar deben tener en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Tributario, los obligados a facturar electrónicamente que no cumplan con los requisitos de facturación electrónica, pueden enfrentar sanciones como el cierre del establecimiento por 3 días, o sanción pecuniaria equivalente al 5% de los ingresos operacionales obtenidos en el mes anterior a la fecha en la que incurrió el hecho sancionable.
Son obligados a facturar electrónicamente: las personas jurídicas, los responsables de IVA y de Impuesto Nacional al Consumo, las personas naturales que superen ingresos brutos de 3500 UVT ($133.014.000 año 2022, $148.442.000 año 2023) y los contribuyentes inscritos en el RST.
Aspectos más importantes:
- Se venció el plazo para que los facturadores electrónicos implementen el límite de 5 UVT para expedición de tiquete POS.
- La UVT para la vigencia 2023 es de $42.412 y el monto máximo para la expedición de tiquetes POS es de $212.060.
- Los sujetos que usen tiquetes de máquina registradora con sistema POS no deben expedirlos si la venta supera los $212.060, y en su lugar, deben emitir factura electrónica.
- Quienes no cumplan con los requisitos de facturación electrónica pueden enfrentar sanciones como el cierre del establecimiento o sanciones pecuniarias.
Normatividad:
Normatividad | Descripción |
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Resolución 1092 del 1 de julio de 2022 | Establece el calendario para la implementación del límite de 5 UVT en la expedición de tiquetes POS. |
Estatuto Tributario | Establece las sanciones para los obligados a facturar electrónicamente que no cumplan con los requisitos. |
En síntesis:
El 1 de junio se venció el plazo para implementar el límite de 5 UVT en la expedición de tiquetes POS. Quienes no cumplan con esta normativa pueden enfrentar sanciones. Se recomienda a los responsables de facturar electrónicamente revisar los requisitos y emitir facturas electrónicas en lugar de tiquetes POS cuando corresponda.
Conclusión:
La implementación del límite de 5 UVT para la expedición de tiquetes POS representa un cambio importante para los facturadores electrónicos. Esta medida busca fortalecer la facturación electrónica y promover una mayor transparencia en las operaciones comerciales. Es fundamental que los responsables cumplan con esta obligación para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento de las normas tributarias. La facturación electrónica se consolida como una herramienta eficaz para el control y registro adecuado de las transacciones comerciales.
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