Declaraciones del impuesto sobre las ventas – IVA presentadas en un periodo diferente al obligado
El presente concepto aborda la problemática relacionada con las declaraciones del impuesto sobre las ventas (IVA) presentadas en un periodo diferente al establecido.
Para comprender el tema, es necesario considerar el contexto normativo que lo rodea. En el artículo 429 del Estatuto Tributario se establecen las reglas sobre la causación del IVA, el cual debe ser declarado y pagado dentro de las fechas establecidas por el Gobierno nacional.
Existen periodos gravables bimestrales o cuatrimestrales, según las circunstancias evaluadas por los responsables del IVA en cada caso particular.
Además, se deben tener en cuenta disposiciones como los artículos 601, 602 y 603 del Estatuto Tributario, y los artículos 1.6.1.6.3, 1.6.1.13.2.1, 1.6.1.13.2.2, 1.6.1.13.2.30 y 1.6.1.13.2.31 del Decreto 1625 de 2016, entre otras.
El parágrafo 2 del artículo 1.6.1.6.3 del Decreto 1625 de 2016 establecía que las declaraciones del IVA presentadas en periodos diferentes a los establecidos por la ley no tenían efecto legal. Sin embargo, este aparte fue declarado nulo por el Consejo de Estado en una sentencia de noviembre de 2022, por exceder la disposición legal reglamentada.
La Ley 2277 de 2022 estableció una solución temporal para los responsables del IVA que habían presentado declaraciones en un periodo diferente al obligado. No obstante, en un Concepto emitido por la Subdirección de Normativa y Doctrina, se concluyó que dicho artículo carecía de aplicabilidad debido a los efectos retroactivos de las sentencias de nulidad del Consejo de Estado.
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En cuanto a las interpretaciones sobre las declaraciones del IVA, se plantean diferentes escenarios.
En el primer escenario, cuando un responsable del IVA presenta una declaración cuatrimestral en lugar de una bimestral, se deben realizar correcciones en la declaración y presentar la correspondiente declaración bimestral.
Por otro lado, en el segundo escenario, si se presenta una declaración bimestral en lugar de una cuatrimestral, también se deben realizar correcciones y ajustes.
En ambos escenarios, se deben tener en cuenta las sanciones por extemporaneidad y los intereses moratorios correspondientes. Además, se analizará la procedencia de aplicar la regla de imputación de pago establecida en el artículo 804 del Estatuto Tributario.
En síntesis.
El pronunciamiento aborda la problemática de las declaraciones del IVA presentadas en periodos diferentes a los establecidos. Se mencionan las normativas relacionadas y se explica el contexto legal. Se plantean escenarios donde se declara y paga el IVA en periodos incorrectos y se detallan las acciones correctivas tanto para el responsable del IVA como para la administración tributaria.
Conclusión
En conclusión, es fundamental cumplir con las fechas establecidas para la declaración y el pago del IVA de acuerdo con la normativa vigente. En caso de presentar declaraciones en periodos diferentes, se deben realizar correcciones y ajustes según los escenarios planteados. La decisión judicial y la Ley 2277 de 2022 han generado cambios en la interpretación y aplicación de las normas relacionadas con las declaraciones del IVA.