¿Cuáles son las consecuencias para los agentes retenedores que no expiden los certificados de retención en la fuente?


Certificados de retención en la fuente y sus consecuencias para los agentes retenedores

Los certificados de retención en la fuente son documentos fundamentales para el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias. En este sentido, es importante comprender tanto su emisión como las consecuencias para los agentes retenedores que no los expidan. El presente concepto ofrece una visión clara sobre estos aspectos, basándose en la normatividad vigente y consideraciones legales relevantes.

Aspectos más importantes

  1. Obligación de expedir certificados: Los agentes retenedores tienen la obligación de expedir certificados por las retenciones practicadas. Estos documentos deben contener información detallada, como el año gravable, los datos del retenedor y del beneficiario, el monto y concepto del pago sujeto a retención, y la cuantía de la retención efectuada.
  2. Solicitud por cada retención efectuada: Los sujetos que han sido objeto de retención tienen el derecho de solicitar un certificado por cada retención efectuada. Esto incluye situaciones en las que el pago por la enajenación de un inmueble ha sido realizado a varios copropietarios, donde cada uno debe recibir su respectivo certificado.
  3. Consecuencias del incumplimiento: Según el artículo 667 del Estatuto Tributario, los agentes retenedores que no cumplan con la obligación de expedir los certificados de retención en la fuente estarán sujetos a una multa equivalente al 5% del valor de los pagos o abonos correspondientes a los certificados no expedidos. La misma sanción aplica a las entidades que no emitan el certificado de la parte no gravable de los rendimientos financieros pagados a los ahorradores.
  4. Reducción de la sanción: Existe la posibilidad de reducir la sanción impuesta si se subsana la omisión antes de la notificación de la resolución sancionatoria. En este caso, la sanción se reduce al 30% de la suma inicialmente propuesta. Si la omisión es subsanada dentro de los dos meses siguientes a la notificación de la sanción, la sanción se reduce al 70% de dicha suma.

Aspectos más importantes:

  1. Los agentes retenedores tienen la obligación de expedir certificados por las retenciones practicadas.
  2. Los sujetos retenidos tienen derecho a solicitar un certificado por cada retención efectuada.
  3. El incumplimiento de expedir certificados conlleva una multa del 5% del valor de los pagos no certificados.
  4. La sanción se reduce al 30% si se subsana antes de la notificación y al 70% si se subsana dentro de los dos meses siguientes.

Normatividad:

NormatividadDescripción
ARTICULO 381Establece los elementos que deben contener los certificados de retención.
ARTICULO 667Establece las sanciones para los agentes retenedores que no expidan los certificados de retención en la fuente.

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En síntesis

El concepto destaca la importancia de los certificados de retención en la fuente, la obligación de expedirlos por parte de los agentes retenedores y las consecuencias legales por su incumplimiento. Además, se resalta la posibilidad de reducir la sanción mediante la subsanación oportuna de la omisión.

Conclusión

Los certificados de retención en la fuente son documentos esenciales para el cumplimiento tributario adecuado. Su correcta emisión por parte de los agentes retenedores evita sanciones económicas y asegura la transparencia en las operaciones. Es fundamental que los agentes retenedores cumplan con esta obligación, considerando las disposiciones legales vigentes y las implicaciones que conlleva su incumplimiento.

En conclusión, los certificados de retención en la fuente son un aspecto clave en el ámbito contable y tributario, y su correcta emisión es crucial para mantener la legalidad y transparencia en las operaciones financieras.


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