¿Cuáles son las normas contables y fiscales para el reconocimiento de anticipos de impuestos?


Normatividad Contable y Fiscal: Aspectos Relevantes para Contadores Públicos

Por Oscar Jaramillo Toro, Contador Público

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«En la contabilidad de una PYME, el contador público que asume el cargo se enfrenta a situaciones que podrían afectar la utilidad fiscal y el impuesto de renta. En primer lugar, se plantea la duda sobre si el registro contable del impuesto de renta al cierre del año es adecuado o si debe realizarse mediante una provisión.

Además, se cuestiona el tratamiento contable del IVA descontable, ya que el contador saliente ha registrado todo el IVA cobrado como descontable, lo que puede resultar en un gasto no deducible al determinar el impuesto de renta.

Respecto al impuesto de renta, la Sección 29 de la NIIF para las PYMES establece los requisitos para su reconocimiento y medición. Según esta norma, se debe estimar el importe del impuesto corriente considerando las normas contables y fiscales, y presentar el pasivo o activo por impuesto de renta de manera neta, reflejando la diferencia entre el impuesto a cargo y las retenciones practicadas.

En cuanto al IVA descontable, este Consejo no tiene competencia para pronunciarse al respecto y se recomienda elevar la consulta a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

En síntesis, el reconocimiento de los anticipos de impuestos debe realizarse en el año correspondiente, siguiendo el principio de devengo contable. El registro del impuesto de renta debe reflejar el saldo a pagar o a favor, considerando el impuesto a cargo, las retenciones del período y saldos a favor de periodos anteriores.

En conclusión, es fundamental que los contadores públicos estén familiarizados con la normatividad contable y fiscal para tomar decisiones acertadas en el registro y reconocimiento de impuestos en las PYMES.»

Conclusión

En el ámbito de la contabilidad para PYMES, los contadores públicos deben tener conocimiento de la normatividad contable y fiscal relacionada con el reconocimiento y registro de impuestos. En el caso del impuesto de renta, es esencial seguir las disposiciones de la Sección 29 de la NIIF para las PYMES, asegurando el registro adecuado de las cuentas activas y pasivas.


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