¿Cuáles son las obligaciones de declarar para los contribuyentes en casos de bienes compartidos entre cónyuges?


Contribuyentes Obligación de Declarar en Caso de Bienes Compartidos entre Cónyuges

En el ámbito de la contaduría pública, es fundamental comprender las obligaciones fiscales de los contribuyentes, especialmente en situaciones particulares como la compartición de bienes entre cónyuges. En este artículo, abordaremos una consulta específica que plantea si el cónyuge no trabajador debe declarar el 50% de un bien compartido con su pareja, quien sí trabaja y tiene asignada la otra mitad. Además, se cuestiona si esta transacción constituye una donación y genera una ganancia ocasional, así como si el cónyuge no trabajador adquiere una deuda con su cónyuge trabajador.

A continuación, se presentan los puntos clave para comprender esta situación:

  1. Contribuyentes individuales: Según el artículo 8 del Estatuto Tributario, los cónyuges son sujetos gravables de manera individual en relación con sus respectivos bienes y rentas. Cada cónyuge debe considerarse como un contribuyente individual para efectos fiscales.
  2. Ganancias ocasionales: De acuerdo con el artículo 302 del Estatuto Tributario, las ganancias ocasionales incluyen las provenientes de herencias, legados, donaciones u otros actos jurídicos gratuitos, así como la porción conyugal. En este caso, si la compartición del bien entre los cónyuges se considera una donación, podría generar una ganancia ocasional.
  3. Deudas: El artículo 283 del Estatuto Tributario define las deudas como pasivos que corresponden a obligaciones presentes de la entidad. Para que se reconozcan las deudas en términos fiscales, el contribuyente debe conservar los documentos que respalden la cancelación de la deuda, según lo establecido en el artículo 632.
  4. Obligación de declarar: La obligación de declarar surge únicamente si se cumplen las condiciones establecidas en la ley. En este caso, la peticionaria debe evaluar si la operación se trata de una donación o deriva de una deuda, aplicando los tratamientos tributarios correspondientes en la declaración de impuestos sobre la renta del período gravable.

A partir de esta información, se puede concluir que, en el caso de bienes compartidos entre cónyuges, cada uno debe considerarse como un contribuyente individual y evaluar la naturaleza de la operación para determinar si se trata de una donación o una deuda. La declaración de impuestos sobre la renta debe reflejar adecuadamente estas transacciones, ya sea reconociendo una ganancia ocasional o un pasivo, según corresponda.

Normatividad

A continuación se presenta una tabla con la normatividad relacionada:

NormatividadDescripción
Artículo 2 del Estatuto TributarioDefine a los contribuyentes o responsables directos del pago del tributo.
Artículos 7 y 8 del Estatuto TributarioEstablecen que las personas naturales y las sucesiones ilíquidas están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios.
Artículo 302 del Estatuto TributarioConsidera como ganancias ocasionales las provenientes de herencias, legados, donaciones o cualquier otro acto jurídico a título gratuito.
Artículo 283 del Estatuto TributarioDefine las deudas como pasivos y establece los requisitos para su reconocimiento.
Artículo 47 del Estatuto TributarioEstablece que lo recibido como porción conyugal no constituye ganancia ocasional.

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En síntesis

La compartición de bienes entre cónyuges requiere que cada uno, como contribuyente individual, evalúe si la operación es una donación o deriva de una deuda, para reflejar adecuadamente estas transacciones en la declaración de impuestos sobre la renta.

Conclusión

En conclusión, la contaduría pública desempeña un papel fundamental al asesorar a los contribuyentes en su obligación de declarar, especialmente en situaciones particulares como la compartición de bienes entre cónyuges. Es esencial comprender la normativa tributaria vigente y evaluar cuidadosamente cada caso para determinar si se generan ganancias ocasionales o si existen deudas fiscales. Esto garantiza el cumplimiento de las obligaciones tributarias y evita posibles sanciones.

La asesoría de profesionales de la contaduría pública y el acceso a recursos informativos confiables son herramientas clave para que los contribuyentes cumplan adecuadamente con sus responsabilidades fiscales.


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