Mediante el radicado de la referencia, el peticionario plantea una serie de preguntas las cuales se responderán en el orden en que fueron propuestas, así: ¿Deben los secretarios generales enviar un reporte adicional de información sobre los patrimonios autónomos, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 14 de la Resolución DIAN 011004 de 2018? ¿Deben los secretarios generales remitir la información sobre el patrimonio autónomo en el formulario 1056, de acuerdo con la obligación establecida en el artículo 23 de la Resolución DIAN 0070 de 2019? ¿La información relacionada con los acuerdos de cooperación internacional debe ser informada a la DIAN según lo establecido en el artículo 2.8.4.3.1.2. del Decreto 1068 de 2015, debe ser informada en el evento que los acuerdos suscritos, la entidad no reciba o entregue recursos propios? |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio N° 0302 / 03-03-2021 Descargar |