DECLARACIÓN DE CORRECCIÓN PROVOCADA POR LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – Limitación. solo pueden versar sobre las glosas planteadas por la administración en el requerimiento.

Lo que invalida las correcciones presentadas tras la notificación del requerimiento especial, es la inclusión de hechos distintos a los referidos en el acto preparatorio.

Y, si bien esto supondría que el declarante solo está autorizado para modificar los renglones de la declaración que fueron objetados, también es cierto que el disenso respecto del renglón concreto que debe ser corregido no genera, por sí solo, la invalidez de la declaración de corrección.

Lo anterior, porque lo que exige el ordenamiento es que la modificación que introduzca el sujeto pasivo corresponda materialmente a una aceptación de los «hechos» que sustentan la glosa formulada, sin que se admita la inclusión de correcciones que excedan el debate trabado con el requerimiento especial.
Consejo de estado.
Sentencia N° 20745 / 01-06-2021

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