
🧾 Declaración de renta para No Residentes Fiscales en Colombia
📌 ¿Quién es considerado residente fiscal en Colombia?
Según el Artículo 10 del Estatuto Tributario, se considera residente fiscal a la persona natural que cumpla al menos una de las siguientes condiciones:
- Permanencia física en Colombia por más de 183 días (continuos o no) en un periodo de 365 días.
- Estar en misión diplomática o consular del Estado colombiano (por las convenciones de Viena).
- Ser nacional colombiano y cumplir cualquiera de estas condiciones:
- Cónyuge o hijos dependientes menores con residencia fiscal en Colombia.
- El 50% o más de sus ingresos son de fuente nacional.
- El 50% o más de sus bienes son administrados en Colombia.
- El 50% o más de sus activos están en Colombia.
- No acreditar residencia fiscal en otro país al ser requerido por la DIAN.
- Tener residencia fiscal en un paraíso fiscal.
❗ Excepciones:
No serán considerados residentes fiscales los nacionales que:
- Tengan el 50% o más de sus activos fuera de Colombia, o
- Obtengan el 50% o más de sus ingresos fuera de Colombia.
📚 Reglamentado en los artículos 1.2.1.3.1 al 1.2.1.3.4 del Decreto 1625 de 2016.
🧮 ¿Cuándo debe declarar renta un no residente fiscal?
Debe declarar si:
- Sus ingresos de fuente nacional durante el año gravable exceden 1.400 UVT ($65.891.000 para 2024), y
- No le practicaron la retención en la fuente correspondiente.
📌 No está obligado a declarar si:
- Tiene ingresos en Colombia con retención en la fuente ya practicada.
- Tiene patrimonio en Colombia, pero no tuvo ingresos.
- No tiene patrimonio en Colombia y los ingresos recibidos ya fueron retenidos en su totalidad (según arts. 407 a 409 del E.T.).
📝 ¿Qué formulario debe usar?
Situación | Formulario |
---|---|
Persona natural no residente obligada a declarar renta (por ingresos sin retención) | Formulario 110 |
Cambio de titularidad en una inversión extranjera (venta o donación de activos en Colombia) | Formulario 150 |
🌍 ¿Qué se considera inversión extranjera?
Se entiende como inversión extranjera cuando una persona natural no residente, una persona jurídica sin domicilio en Colombia o una entidad extranjera invierte capitales en el país.
📚 Consultar:
- Decreto 1068 de 2015
- Artículos 2.17.1.2 y 2.17.2.2.1.2.
📎 Normatividad clave
Norma | Tema |
---|---|
Art. 10 E.T. | Criterios de residencia fiscal |
Arts. 407 a 409 E.T. | Retenciones aplicables a no residentes |
Art. 592 E.T. | Obligación de declarar |
Art. 90-3 E.T. | Cambio de titularidad en inversiones extranjeras |
Decreto 1625 de 2016 | Reglamentación tributaria general |
Decreto 1068 de 2015 | Inversión extranjera |
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