Deducción por inversión en control y mejoramiento del medio ambiente. / Las deducciones reclamadas se fundaban en hechos económicos distintos, así estuvieran asociadas a un mismo bien inmueble.

Problema Jurídico:

¿Las deducciones de los artículos 158-1 y 125 del Estatuto Tributario, por la donación de un inmueble en el año gravable 2010 y de otro en el año gravable 2011, se basan en el mismo hecho económico que generó la deducción por inversión en control y mejoramiento del medio ambiente del artículo 158-2 ibidem, registrada cuando tales inmuebles fueron adquiridos y, por ende, en los términos del artículo 23 de la Ley 383 de 1997, procede limitar los beneficios fiscales derivados de los mismos inmuebles?

Se estudió la legalidad de los actos administrativos mediante los cuales la DIAN modificó la declaración del impuesto sobre la renta de los años gravables 2010 y 2011 presentadas por un contribuyente, en el sentido de rechazarle las deducciones de los artículos 158-1 y 125 del Estatuto Tributario, que registró con ocasión de la donación de un inmueble en el año 2010 y de otro en el 2011.

Según la DIAN, tales beneficios se basaban en el mismo hecho económico que generó la deducción por inversión en control y mejoramiento del medio ambiente del artículo 158-2 ibidem, de la que la contribuyente hizo uso cuando adquirió dichos inmuebles, situación que consideró violatoria de la prohibición del artículo 23 de la Ley 383 de 1997 sobre beneficios fiscales concurrentes.
Consejo de Estado.
Deducción por inversión en control y mejoramiento del medio ambiente.
Descarga