DIAN explica los cambios introducidos en la información exógena mediante la Resolución 000208 de 2025.


La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la Resolución número 000208 del 24 de abril de 2025, mediante la cual se modifica y adiciona parcialmente la Resolución 000162 del 31 de octubre de 2023. Esta resolución establece nuevas disposiciones relacionadas con la presentación de la información exógena tributaria para los años gravables 2024 y siguientes.​

Principales modificaciones introducidas por la Resolución 000208 de 2025:

  1. Ampliación de sujetos obligados a reportar información exógena:
    • Se adicionan los numerales 19 y 20 al artículo 1 de la Resolución 000162 de 2023, incluyendo como obligados a:
      • Socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores y similares que no suministraron información a la persona jurídica sobre la enajenación de acciones, cuotas o partes de interés o aportes que no cotizan en bolsa.
      • Entidades gubernamentales como el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (MinCiencias) y el Ministerio de Cultura, las Artes y los Saberes (MinCultura), en relación con beneficios tributarios otorgados.
  2. Actualización de formatos y conceptos:
    • Se modifican y adicionan ítems en los formatos 1001 y 1007, relacionados con la compra, donación y cesión de acciones, cuotas o partes de interés social o aportes de sociedades que no cotizan en bolsa.
    • Se incorporan nuevos conceptos para reportar el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) y se ajustan los ingresos brutos por ventas que constituyen renta o ganancia ocasional. ​
  3. Nuevos formatos para el reporte de información:
    • Se adicionan formatos como el 2820, 2823, 2824, entre otros, para facilitar el reporte de información específica relacionada con enajenaciones, resoluciones que otorgan beneficios tributarios y certificaciones de primer empleo. ​
  4. Identificación de vendedores desconocidos:
    • Se establece que, en caso de no poder identificar al vendedor en una transacción, se debe diligenciar el tipo de documento como “43”, el número de identificación como “888888888” y la razón social como “vendedor desconocido”.
  5. Segmentación de plazos según el tipo de contribuyente:
    • Se ajustan los plazos para la presentación de la información exógena, diferenciando entre grandes contribuyentes y personas jurídicas o naturales, según el último dígito del NIT. ​

Es importante que los contribuyentes revisen detalladamente estas modificaciones para cumplir adecuadamente con sus obligaciones tributarias. Para más información y detalles específicos, se recomienda consultar directamente la Resolución 000208 de 2025 en el sitio web oficial de la DIAN o a través de su compilación jurídica.



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