La Dian hizo un llamado a los agentes de retención que tienen declaraciones pendientes anteriores a la Ley 1943 de 2018, a que las presenten nuevamente, y a quienes presentaron declaraciones posteriores a la entrada en vigencia de la mencionada ley, para que accedan a acuerdos de pago hasta por doce meses con el cumplimiento de los requisitos del artículo 814 del Estatuto Tributario.