Mediante el radicado de la referencia, los peticionarios formulan unos interrogantes en torno al artículo 242-1 del Estatuto Tributario desde la perspectiva de su reglamentación (Decreto 1457 de 2020), los cuales se resolverán cada uno a su turno. “¿Se puede trasladar la retención del 242-1 en los años en que la sociedad arroja pérdidas comerciales o no genera utilidad para repartir?” “¿Queda prohibido trasladar la retención del 242-1 en los años en que la sociedad arroja pérdidas comerciales y fiscales?” |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio Nº 0405 / 17-03-2021 Descargar |