El 31 de mayo de 2024 vence el plazo para realizar los aportes faltantes a pensión de abril y mayo de 2020 si aplicó al decreto 558


La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales – UGPP, tiene la responsabilidad de hacer seguimiento y control a los aportes que se realizan al Sistema de la Protección Social, por esta razón, y recordando que el 31 de mayo de 2024 finaliza el plazo para completar los aportes faltantes de aquellos recursos que se dieron producto de la implementación del Decreto 558 de 2020 y que permitieron a empleadores, trabajadores e independientes realizar el pago parcial al Sistema General de Pensiones por los meses de abril y mayo del año 2020.

Esta medida, reducía el aporte a pensiones del 16% al 3%, sin embargo, la Corte Constitucional en el año 2020 la declaró  inconstitucional, lo cual obligó al gobierno nacional a emitir el Decreto 376 de 2021 el cual establece que los empleadores del sector público y privado, y los trabajadores dependientes e independientes que hayan hecho uso del mecanismo contemplado Decreto 558 de 2020, contaran con 36 meses a partir del 1 de junio de 2021 para efectuar el aporte de la cotización faltante, sin el pago de mora.

¿Qué contemplaba el Decreto de 558 de 2020?

¿La corte constitucional reviso dicha norma y que concluyó?

¿Cuál es el plazo para el pago establecido en el Decreto 376 de 2021?

¿Desde cuándo se deben pagar intereses de mora?

¿Si se efectuaron los pagos de mis empleados a tiempo, en abril y mayo de 2020, ¿debo pagar intereses por el 13% que hace falta?

¿Cuánto es el valor que se debe pagar?

¿Cómo empleador, ¿puedo descontar el 25% que debe pagar el empleado para cubrir estos aportes pendientes?

¿Qué sucede si el trabajador se retiró de la empresa, fue despedido o la empresa liquidada y solo se canceló el 75% de la parte faltante a cargo del empleador?

¿Qué pasa si ya no trabajo en la empresa donde laboraba en ese entonces?

¿Si la empresa tenía un trabajador con suspensión temporal durante los meses de abril y mayo de 2020 debo cancelar el valor faltante por el Sistem General de Pensiones de dicho trabajador a cargo de la empresa?

¿Qué pasa si no hago los pagos pendientes?

¿Cuál es el proceso para hacer los pagos?

¿Por dónde puedo validar si la empresa donde laboró se acogió a la reducción del pago del Sistema General de Pensiones por abril y mayo de 2020?


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