En el contexto de una empresa inmersa en un proceso sucesorio tras el fallecimiento del propietario, surge una controversia entre los herederos. El actual representante legal, uno de los hijos, se enfrenta a las demandas de información financiera por parte de otro heredero involucrado en el proceso de sucesión. La negativa del contador de la empresa a proporcionar dicha información agrega complejidad a la situación.
La información financiera de la empresa puede categorizarse según su propósito: general o especial. La certificación de estados financieros de propósito general, como se establece en el concepto 2023-00222 del CTCP, implica la firma del representante legal y el contador público. Esto, en conformidad con la Ley 43 de 1990 y la Ley 222 de 1995, que especifican la necesidad de claridad, precisión y veracidad en los certificados emitidos por los contadores públicos.
Dado que la consulta no especifica a qué grupo pertenece la entidad en cuestión, el CTCP se basa en el Marco Técnico Normativo de la NIIF para las Pymes del Grupo 2. La información financiera de propósito general se presenta para usuarios externos, mientras que la de propósito especial se elabora conforme a acuerdos contractuales o legales para usuarios específicos.
En términos de obligaciones legales, el artículo 41 de la Ley 222 de 1995 establece la obligación de las empresas de depositar copia de los estados financieros de propósito general en la cámara de comercio. La falta de cumplimiento con este deber se considera una irregularidad, y el CTCP sugiere informarlo a la Superintendencia correspondiente.
Tabla de Normatividad:
Normativa | Descripción |
---|---|
Ley 43 de 1990 | Establece requisitos para la certificación de estados financieros por contadores públicos. |
Ley 222 de 1995 | Obliga a las empresas a depositar copias de estados financieros de propósito general en la cámara de comercio. |
Concepto 2023-00222 del CTCP | Detalla la certificación de estados financieros de propósito general. |
Marco Técnico Normativo de la NIIF para las Pymes | Guía la presentación de información financiera de acuerdo con la clasificación de propósito general o especial. |
¿Cuáles son las normativas y procesos que respaldan la exigencia de información financiera por parte de un heredero en un proceso de sucesión empresarial?
La solicitud de información financiera en un proceso sucesorio empresarial se respalda principalmente en la Ley 43 de 1990, la Ley 222 de 1995 y los conceptos emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), que establecen los requisitos para la certificación de estados financieros, su depósito obligatorio y las categorías de propósito general o especial. Estas normativas proporcionan un marco legal que respalda la exigencia de transparencia en la gestión financiera de la empresa en cuestión.
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