La ley laboral no señala nada respecto al tema de su consulta, por lo que traeremos a colación lo señalado recientemente por la Corte Suprema de Justicia mediante Sentencia SL5616-2018 Radicación N. 55027 del once (11) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), Magistrada Ponente: DOLLY AMPARO CAGUASANGO VILLOTA, en cuanto al tema de la dotación
Entendería esta oficina jurídica que en los casos de incapacidades prolongadas, para el caso en concreto de más de un año, teniendo en cuenta que la finalidad de la dotación, es que el trabajador la utilice en las labores contratadas, carecería de todo sentido el suministro durante una incapacidad superior a un año, pues la dotación se entendería que se justifica claramente en aquellos trabajadores activos y que real y efectivamente prestan sus servicios al empleador, ya que por obvias razones no puede utilizarla durante una incapacidad tan prolongada.