Exención para las donaciones de Gobiernos o entidades extranjeras.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita responder las preguntas que a continuación se relacionan y se resuelven:

1. Donación por parte de una entidad extranjera

a. Cuando se refiere a entidades, ¿se entendería que cabrían las donaciones de Entidades Privadas?

b. Aunque el que suscribe el contrato de compra con el proveedor es APC Colombia y el beneficiario final de los equipos es el Ejército Nacional de Colombia, ¿estos equipos están exentos de impuestos, tasas y aranceles?

c. ¿Existe alguna diferencia en cuanto a la aplicabilidad de impuestos si se hiciera la compra con el representante en Colombia o si se hiciera la compra con el fabricante ubicado en Australia?
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0233 / 22-02-2021

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