Consulta Mediante el radicado de la referencia, el peticionario plantea como inquietud lo siguiente: “El artículo 621 del Código de Comercio menciona que, para que la factura se constituya como título valor se debe reflejar la firma de quien la crea, para el caso de la factura electrónica cómo se soporta este requisito?, o ya no es necesario este requisito en la modalidad de facturación electrónica?”. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 1230 / 07-10-2020 Descarga |