
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario formula las siguientes preguntas relativas a la facturación electrónica para los operadores de juegos de suerte y azar en la modalidad de juegos localizados: 1. ¿Los operadores están obligados a facturar electrónicamente? 2. ¿El documento equivalente, para reporte diario de ingresos sigue vigente? 3. En caso de estar obligados a facturar electrónicamente, ¿a quién se le emitiría la factura, cómo sería el reporte? |
![]() | Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto No 0053 / 21-01-2021 Descargar |