Consulta: Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta acerca de las calidades que deben tener los usuarios del RADIAN, si estos deben ser facturadores electrónicos y, en general, cuál es el procedimiento para operar como un usuario del RADIAN. Usuario del RADIAN: Son los sujetos que intervienen, directa o indirectamente, en la circulación de la factura electrónica de venta como título valor y que, de acuerdo con su rol, interactúan con el RADIAN para consultar o registrar eventos relacionados con la trazabilidad de dichas facturas, conforme a las condiciones técnicas establecidas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN”. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 0965 / 30-06-2021 Descargar |