
La Resolución No. 000003 del 21 de enero de 2025 prescribe el Formulario 430 como herramienta única para la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, estableciendo parámetros claros y obligatorios para su diligenciamiento y presentación.
Ejemplo Práctico: Un distribuidor de combustibles deberá presentar mensualmente su declaración del impuesto mediante el Formulario 430, asegurándose de incluir correctamente las cantidades distribuidas y el impuesto recaudado, evitando sanciones y errores en su liquidación.
Tabla Comparativa: Antes vs. Después del Pronunciamiento
Aspecto | Antes del Pronunciamiento | Después del Pronunciamiento |
---|---|---|
Herramienta de declaración | Uso de diferentes formularios o sistemas para presentar el impuesto | Uso obligatorio del Formulario 430 como herramienta estandarizada |
Parámetros | Diversos formatos con falta de uniformidad | Directrices claras y obligatorias establecidas por la resolución |
Facilidad de control | Dificultades para la supervisión y el seguimiento por parte de la DIAN | Mejor control y trazabilidad gracias a la uniformidad del Formulario 430 |
Procedimiento para la Presentación del Formulario 430
- Descargue el Formulario 430 desde la plataforma oficial de la DIAN.
- Complete los datos solicitados, como identificación del contribuyente, base gravable e impuesto liquidado.
- Verifique que toda la información sea correcta.
- Presente el formulario en las fechas establecidas por el calendario tributario.
- Realice el pago correspondiente a través de los medios habilitados.
Información Relevante Encontrada
Fuente | Dato Relevante |
Actualícese | La implementación del Formulario 430 busca minimizar errores en la declaración de impuestos. |
DIAN | El Formulario 430 es obligatorio a partir del 1 de febrero de 2025 para todos los distribuidores de combustible. |
Gerencie | Esta medida facilitará la fiscalización y el recaudo efectivo del impuesto por parte de la DIAN. |
Normatividad
Normatividad | Descripción |
Resolución No. 000003 | Prescribe el Formulario 430 como obligatorio para la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM. |
Estatuto Tributario | Contiene las bases legales para el recaudo de impuestos nacionales, incluyendo los aplicables al combustible. |
Preguntas Frecuentes
- ¿Qué es el Formulario 430? Es el formato oficial para declarar el Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM a partir de 2025.
- ¿Quiénes deben presentarlo? Todos los distribuidores de gasolina y ACPM en el territorio nacional.
- ¿Cuándo entra en vigor esta resolución? A partir del 1 de febrero de 2025.
- ¿Qué pasa si no se presenta el formulario? Podría generar sanciones económicas y procesos de fiscalización por parte de la DIAN.
- ¿Se puede presentar de forma electrónica? Sí, la DIAN habilitó canales digitales para su diligenciamiento y presentación.
Pregunta Didáctica
¿Sabía usted que la implementación del Formulario 430 busca mejorar la trazabilidad del recaudo del impuesto a combustibles?
Respuesta: Sí, esta herramienta estandariza el proceso de declaración, permitiendo un control más eficiente y reduciendo errores por parte de los contribuyentes.
En Resumen
La Resolución No. 000003 de 2025 establece el uso obligatorio del Formulario 430 para la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, buscando uniformidad y eficiencia en el proceso tributario. Esta medida facilita la supervisión por parte de la DIAN y reduce los errores comunes en la presentación de declaraciones.
El Formulario 430 es una herramienta clave para mejorar la trazabilidad del recaudo, beneficiando tanto a los contribuyentes como a las autoridades fiscales. Su implementación permitirá un mejor control de las cantidades de combustible distribuidas y el correspondiente pago del impuesto.
Con su aplicación desde febrero de 2025, se espera que los distribuidores de combustible adopten esta medida con facilidad, gracias a las directrices claras establecidas en la normatividad.