Formulario 430: Herramienta Clave para Declarar el Impuesto a Combustibles en 2025.


La Resolución No. 000003 del 21 de enero de 2025 prescribe el Formulario 430 como herramienta única para la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, estableciendo parámetros claros y obligatorios para su diligenciamiento y presentación.

Ejemplo Práctico: Un distribuidor de combustibles deberá presentar mensualmente su declaración del impuesto mediante el Formulario 430, asegurándose de incluir correctamente las cantidades distribuidas y el impuesto recaudado, evitando sanciones y errores en su liquidación.


Tabla Comparativa: Antes vs. Después del Pronunciamiento

AspectoAntes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento
Herramienta de declaraciónUso de diferentes formularios o sistemas para presentar el impuestoUso obligatorio del Formulario 430 como herramienta estandarizada
ParámetrosDiversos formatos con falta de uniformidadDirectrices claras y obligatorias establecidas por la resolución
Facilidad de controlDificultades para la supervisión y el seguimiento por parte de la DIANMejor control y trazabilidad gracias a la uniformidad del Formulario 430

Procedimiento para la Presentación del Formulario 430

  1. Descargue el Formulario 430 desde la plataforma oficial de la DIAN.
  2. Complete los datos solicitados, como identificación del contribuyente, base gravable e impuesto liquidado.
  3. Verifique que toda la información sea correcta.
  4. Presente el formulario en las fechas establecidas por el calendario tributario.
  5. Realice el pago correspondiente a través de los medios habilitados.

Información Relevante Encontrada

FuenteDato Relevante
ActualíceseLa implementación del Formulario 430 busca minimizar errores en la declaración de impuestos.
DIANEl Formulario 430 es obligatorio a partir del 1 de febrero de 2025 para todos los distribuidores de combustible.
GerencieEsta medida facilitará la fiscalización y el recaudo efectivo del impuesto por parte de la DIAN.

Normatividad

NormatividadDescripción
Resolución No. 000003Prescribe el Formulario 430 como obligatorio para la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM.
Estatuto TributarioContiene las bases legales para el recaudo de impuestos nacionales, incluyendo los aplicables al combustible.

Preguntas Frecuentes

  1. ¿Qué es el Formulario 430? Es el formato oficial para declarar el Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM a partir de 2025.
  2. ¿Quiénes deben presentarlo? Todos los distribuidores de gasolina y ACPM en el territorio nacional.
  3. ¿Cuándo entra en vigor esta resolución? A partir del 1 de febrero de 2025.
  4. ¿Qué pasa si no se presenta el formulario? Podría generar sanciones económicas y procesos de fiscalización por parte de la DIAN.
  5. ¿Se puede presentar de forma electrónica? Sí, la DIAN habilitó canales digitales para su diligenciamiento y presentación.

Pregunta Didáctica

¿Sabía usted que la implementación del Formulario 430 busca mejorar la trazabilidad del recaudo del impuesto a combustibles?

Respuesta: Sí, esta herramienta estandariza el proceso de declaración, permitiendo un control más eficiente y reduciendo errores por parte de los contribuyentes.


En Resumen

La Resolución No. 000003 de 2025 establece el uso obligatorio del Formulario 430 para la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, buscando uniformidad y eficiencia en el proceso tributario. Esta medida facilita la supervisión por parte de la DIAN y reduce los errores comunes en la presentación de declaraciones.

El Formulario 430 es una herramienta clave para mejorar la trazabilidad del recaudo, beneficiando tanto a los contribuyentes como a las autoridades fiscales. Su implementación permitirá un mejor control de las cantidades de combustible distribuidas y el correspondiente pago del impuesto.

Con su aplicación desde febrero de 2025, se espera que los distribuidores de combustible adopten esta medida con facilidad, gracias a las directrices claras establecidas en la normatividad.