Consulta: ¿Si un ciudadano va a empezar a importar mercancías,i) debe inscribirse en el RUT como importador? ii) cuál es el trámite que debe adelantar?, y iii) el IVA que paga en la importación lo debe facturar a su nombre para recuperarlo? Es obligatorio para importar contar con la calidad de importador en el RUT antes de realizar las operaciones de importación. Ahora, en el evento en que ya se cuente con RUT, este deberá actualizarse adicionando la calidad de importador. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio Nº 906 / 23-06-2021 Ampliar la información |