Impuesto al patrimonio. Base gravable. ¿Sabía usted que el valor del patrimonio bruto del año 2020, para efectos del impuesto al patrimonio, se basa en la declaración del contribuyente?



Análisis del Impuesto al Patrimonio según la Ley 2010 de 2019

  1. Problema jurídico: Se cuestiona si el valor del patrimonio bruto declarado por el contribuyente en el año 2020 corresponde al valor determinado para efectos del impuesto al patrimonio según la Ley 2010 de 2019.
  2. Tesis jurídica: Se afirma que, efectivamente, el valor del patrimonio bruto determinado en el año 2020 corresponde al declarado por el contribuyente en dicho periodo fiscal o al determinado mediante liquidación oficial por la Administración Tributaria.
  3. Fundamentación legal: La Ley 2010 de 2019 establece que la base gravable del impuesto al patrimonio se calcula sobre el valor del patrimonio bruto de las personas naturales y entidades extranjeras a 1 de enero de 2020 y 2021, excluyendo las deudas vigentes en esas fechas. Se especifica cómo ajustar la base gravable según la inflación certificada por el DANE.
  4. Determinación de la base gravable: La base gravable determinada en el año 2020 debe ser la contenida en la declaración presentada por el contribuyente o, en su defecto, la determinada por la Administración Tributaria mediante liquidación oficial, garantizando así la seguridad jurídica.
  5. Exposición de motivos y comparación con otros impuestos: Se menciona la Ley 1739 de 2014 que creó el impuesto a la riqueza, destacando similitudes entre este impuesto y el impuesto al patrimonio. Se propone modificar la definición de la base gravable del impuesto a la riqueza para incluir una banda de fluctuación.

El texto aborda la problemática legal relacionada con la determinación del valor del patrimonio bruto para efectos del impuesto establecido por la Ley 2010 de 2019. Se debate si el valor declarado por el contribuyente en el año 2020 es el que debe considerarse para calcular el impuesto. Según la tesis jurídica expuesta, se confirma que el valor declarado por el contribuyente en dicho periodo fiscal o el determinado mediante liquidación oficial por la Administración Tributaria son los valores válidos para este propósito.

La fundamentación legal se basa en los artículos de la Ley 2010 de 2019, que establecen la base gravable del impuesto al patrimonio sobre el valor del patrimonio bruto a 1 de enero de 2020 y 2021. Se detalla cómo ajustar esta base gravable según la inflación certificada por el DANE. Es importante resaltar que la base gravable determinada en el año 2020 debe provenir de la declaración del contribuyente o de una liquidación oficial de la Administración Tributaria, asegurando así la certeza jurídica en el proceso.

Además, se hace referencia a la exposición de motivos de la Ley 1739 de 2014, que creó el impuesto a la riqueza, señalando similitudes entre este impuesto y el impuesto al patrimonio. Se propone modificar la definición de la base gravable del impuesto a la riqueza para incluir una banda de fluctuación, evidenciando la complejidad en la determinación de estos tributos y la necesidad de ajustar sus regulaciones.

Normatividad

NormatividadDescripción
Ley 2010 de 2019, artículo 295-2Establece la base gravable del impuesto al patrimonio sobre el valor del patrimonio bruto a 1 de enero de 2020 y 2021.
Ley 1739 de 2014Crea el impuesto a la riqueza, con similitudes al impuesto al patrimonio, y propone modificaciones en la definición de la base gravable.
Departamento Nacional de Estadística (DANE)Certifica la inflación utilizada para ajustar la base gravable del impuesto según lo establecido por la Ley.

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