
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta si la reducción de las tarifas del impuesto nacional al consumo en el expedido de comidas y bebidas depende de la ubicación del establecimiento en el cual se presta dicho servicio. La reducción tarifaria del impuesto al consumo de que tratan los artículos 512-9 y 512-12 del Estatuto Tributario procede en todo el territorio nacional con independencia de la zona de ubicación del establecimiento correspondiente; por supuesto, siempre que se cumplan las condiciones previstas en dichos artículos. |
![]() | Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 0086 / 29-01-2021 Descargar |