Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita se resuelva la siguiente inquietud: 1) Una persona natural, no obligada a llevar Libros de Contabilidad, recibió en el año 2019, rendimientos realizados en USD, por una entidad ECE, los Declaró en su Declaración de Renta y Complementarios año 2019, a la T.R.M de Diciembre 31 de 2019, y pago (sic) el Impuesto de Renta. 2) En el año 2020, dichos rendimiento en USD los trajo para Colombia y los monetizó es decir recibió su equivalente en pesos. 3) Solicito su concepto sobre si los USD que monetizó y recibió su equivalente en pesos (…) los debe declarar en el año 2020, como Ingresos No Constitutivos de Renta, teniendo en cuenta que los declaro en el año 2019 (…)” |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 0675 / 07-05-2021 Descargar |