Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta si los contribuyentes del Régimen Simple de Tributación están sometidos a la retención en la fuente a título de renta por los ingresos recibidos a través de tarjetas débito o crédito de que trata el artículo 1.3.2.1.8 del Decreto 1625 de 2016. Adicionalmente, el peticionario pregunta respecto al procedimiento para que no se practique la retención en la fuente. Los contribuyentes del Régimen Simple de Tributación no están sometidos a la retención en la fuente de que trata el artículo 1.3.2.1.8 del Decreto 1625 de 2016 y, en caso que se retengan valores indebidamente, se deberá atender al procedimiento señalado en el artículo 1.2.4.16 del Decreto 1625 de 2016. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto No 966 / 05-08-2020 Descarga |