Ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total.


El concepto aborda la ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin el pago total, explicando las condiciones bajo las cuales estas declaraciones pueden considerarse válidas, las implicaciones legales de su ineficacia y los pasos a seguir en caso de que sean rechazadas.


Aspectos importantes:

  1. Concepto de ineficacia según el artículo 580-1 del Estatuto Tributario:
    • Una declaración de retención en la fuente sin pago total no tiene efectos legales.
    • Puede ser válida si se realiza el pago completo dentro de los dos meses posteriores al vencimiento del plazo para declarar.
  2. Plazo para declarar y pagar:
    • Establecido por la DIAN según el último dígito del NIT.
    • Si el pago total no se realiza en el plazo indicado, la declaración será considerada ineficaz automáticamente, sin necesidad de un acto administrativo.
  3. Procedimientos legales:
    • La ineficacia se produce de pleno derecho, sin necesidad de marcarla en los sistemas de la DIAN.
    • Si una declaración es ineficaz, el contribuyente debe presentar una declaración extemporánea con el pago total, intereses moratorios y sanciones aplicables.
  4. Corrección de declaraciones ineficaces:
    • No se pueden corregir declaraciones ineficaces.
    • Es necesario presentar una nueva declaración.

Ejemplo práctico en tabla

AspectoEjemplo
Fecha límite para declarar12 de diciembre de 2024
Fecha de presentación inicial17 de diciembre de 2024 (sin pago total)
Plazo para pagarHasta el 18 de febrero de 2025
Estado de la declaraciónSi se paga antes del 18 de febrero de 2025, será válida; de lo contrario, será ineficaz.
Acción requerida si es ineficazPresentar una nueva declaración con el pago total, intereses moratorios y sanciones por extemporaneidad.

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5 preguntas clave con respuestas

  1. ¿Qué sucede si se presenta una declaración sin pago total antes del vencimiento?
    • Será válida solo si el pago total se realiza dentro de los dos meses posteriores al vencimiento del plazo para declarar.
  2. ¿Qué significa la ineficacia de una declaración?
    • Que no produce efectos legales, y la DIAN no necesita emitir un acto administrativo para declararla ineficaz.
  3. ¿Es posible corregir una declaración ineficaz?
    • No, se debe presentar una nueva declaración con el pago respectivo y las sanciones aplicables.
  4. ¿Cuál es el plazo para evitar la ineficacia?
    • Dos meses desde la fecha de vencimiento para declarar.
  5. ¿Qué ocurre si no se paga dentro del plazo?
    • La declaración será ineficaz y deberá presentarse nuevamente como extemporánea, con las sanciones e intereses correspondientes.