Por regla general, los ingresos que reciben los trabajadores son salario, a menos que el empleador demuestre su destinación específica, es decir, que su entrega obedece a una causa distinta a la prestación del servicio.
Así, independientemente de la forma, denominación (auxilio, beneficio, ayuda, entre otros) o instrumento jurídico que se utilice, si un pago se dirige a retribuir el trabajo prestado es salario.