CONSULTA (TEXTUAL)
“(…) Soy Contadora Publica ,fui Auditora Interna, por tres años y medio, de Comfamiliar Risaralda, fui nombrada por el consejo directivo, labore por 17 años en la entidad, 12 de ellos directamente por Comfamiliar y los últimos 5 años tenía contrato a término indefinido, el año pasado por decisión del interventor delegado de la Superintendencia al estar Comfamiliar Risaralda en intervención Parcial, fui removida del cargo de auditora y trasladada como administradora del parque consota, la inquietud que tengo de acuerdo a las normas internacionales de auditoria y los principios que rigen las actividades de Auditoria Interna, y teniendo en cuenta que durante este tiempo como Auditora interna, audite los diferentes subprocesos del parque, los cuales generaron hallazgos, para este año se encuentran vigentes planes de acción generados por los hallazgos de los últimos informes, adicionalmente en el plan anual de auditoria del 2023 teníamos identificados subprocesos del parque para auditar, hay muchos procesos de la entidad que son trasversales al parque que hacen que los planes de acción de otros procesos tengan que ver con el parque, adicional a las personas que iban a estar bajo mi liderazgo que audite.
Renuncie a Comfamiliar Risaralda, hoy estoy buscando si hay normatividad que sustente la inhabilidad y/o conflicto de interés que pueda haber para desempeñarme como coordinadora del parque después de haberlo auditado y existiendo planes de acción que yo misma genere, lo cual estaría violando los principios de objetividad e independencia, adicionalmente a esto, conozco los riesgos que existen en materia procedimental y contractual de este proceso.
Quisiera conocer que normatividad me aplicaría y que instancias puedo utilizar para este caso. (…)”