

La vida es demasiado corta como para que te niegues el placer de disfrutar todo lo que nuestro Hotel te tiene por dar y ofrecer.

Celular 300 670 2673
CONSULTA (TEXTUAL)
“Solicito de su amable colaboración con la siguiente duda, venía ejerciendo el cargo de revisor fiscal de
una empresa SAS y al terminar este cargo me están ofreciendo un cargo administrativo, con funciones
recursos humanos, SST y actividades administrativas.
De lo anterior ¿quedo inhabilitada para vincularme con la empresa para ejercer este cargo o puedo
aceptarlo sin ningún problema?”
El contador debe considerar las normas éticas descritas en la Ley 43 de 1990, antes de aceptar un encargo y tiene la obligación de establecer si existen inhabilidades e incompatibilidades para su aceptación.
Así pues, la aceptación por parte del contador público que ejercía como revisor fiscal, en un cargo administrativo, constituye una inhabilidad como lo señala la Ley.
![]() | Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Concepto Nº 0108 / 21-02-2022 Ampliar Información |