Preguntamos si la revisora fiscal puede ordenar y declarar DECISIONES INEFICACES tomadas en las sesiones ordinarias de la junta directiva de la asociación, pues en un escrito no lo hace saber, sabiendo que ella misma como revisora de la asociación nos dio el marco jurídico y legal para realizar las reuniones no presenciales de junta directiva y dos meses después en su comunicado declara ineficaces las decisiones tomadas por nosotros. Lo que quiere decir que ella misma nos orienta en la aplicación de la ley y ella misma nos invalida las determinaciones tomadas, la pregunta es si ella como juez y parte puede (según su orientación) tener las atribuciones legales, para declarar invalidas y/o ineficaces las determinaciones tomadas por la junta directiva en las reuniones ordinarias de los meses de marzo y abril del año 2020 y ordenarnos nuevamente votarlas (las decisiones) en la reunión ordinaria en la junta directiva del mes de mayo, ¿es legal esa orden de parte de la revisora fiscal? |
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Inquietudes – Revisoría fiscal. Descarga |