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Las entidades sin ánimo de lucro con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D.C., tienen el deber de presentar la información jurídica, financiera y contable de la vigencia establecida, ante el respectivo ente de inspección, vigilancia y control, independientemente del régimen tributario al que pertenezcan, de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del parágrafo 1 del artículo 364-3 del Estatuto Tributario.
Adicionalmente, los administradores de las ESAL deben velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias, por tanto, también son responsables en la entrega de la información a la autoridad competente.
Secretaria Distrital de Hacienda. Circular Nº 016 / 29-03-2022 Ampliar Información |