Interés Presuntivo para Préstamos entre Socios y Sociedades en Colombia: AG 2024 y 2025


El interés presuntivo es una tasa mínima de rendimiento establecida por el Ministerio de Hacienda de Colombia para préstamos entre socios y sociedades. Su objetivo es evitar evasión fiscal al gravar un interés mínimo, incluso si no se cobra o es inferior. A continuación, los detalles clave para los años gravables (AG) 2024 y 2025:


1. Tasas Vigentes

  • AG 2024:
    • Tasa12,69% (Decreto 1006 de 2024).
    • Base: DTF vigente al 31 de diciembre de 2023.
  • AG 2025 (Proyecto):
    • Tasa propuesta9,25% (Decreto en trámite).
    • Base: DTF vigente al 31 de diciembre de 2024.

2. Escenarios Fiscales

Para ambos años, se aplican tres escenarios:

EscenarioImplicaciones Fiscales
1. Sin interés cobrado– Lender: Declara el interés presuntivo (12,69% en 2024; 9,25% en 2025) como renta.
– Borrower: Deduce el mismo interés como gasto (si es persona jurídica).
– Diferencia permanente: Contable vs. fiscal (si no se contabiliza).
2. Interés igual al presuntivo– Sin ajustes. Ambos declaran/deducen la tasa presuntiva.
3. Interés mayor al presuntivo– Se usa la tasa real cobrada. No hay ajustes.

3. Componente Inflacionario

  • Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad:
    • Pueden ajustar por inflación en la declaración del año anterior al decreto.
    • Ejemplo:
      • Decreto 1006 de 2024: Define el componente inflacionario para declaraciones del AG 2023.
      • Proyecto 2025: Definiría el componente para declaraciones del AG 2024.

4. Implicaciones Prácticas

  • Para prestamistas (socios):
    • Deben declarar como renta al menos el interés presuntivo, aunque no cobren intereses.
    • Si el préstamo es a una sociedad, esta deduce el interés presuntivo como gasto (reduciendo su renta líquida).
  • Para prestatarios (sociedades):
    • Si el préstamo es de un socio, el interés presuntivo es un gasto deducible, optimizando cargas tributarias.

5. Consideraciones Adicionales

  • Base Legal: Artículo 35 del Estatuto Tributario (ET).
  • Ajustes por Moneda Extranjera: No aplica; la tasa se calcula en COP basada en la DTF.
  • Vigencia: Las tasas se publican anualmente mediante decreto.

6. Proyecciones y Tendencias

  • Reducción propuesta para 2025: La baja del 12,69% al 9,25% reflejaría una disminución en la DTF, alineándose con políticas económicas o inflación controlada.
  • Histórico (últimos 7 años): No detallado en el artículo, pero relevante para análisis comparativos.

Conclusión

El interés presuntivo es una herramienta clave para garantizar transparencia fiscal en operaciones entre socios y sociedades. Para 2024 y 2025, las tasas del 12,69% y 9,25% (proyectada) definen los mínimos tributarios, con implicaciones contables y fiscales según el escenario. Se recomienda asesoría especializada para optimizar declaraciones y cumplir con la normativa.

Nota: Verificar la publicación oficial del decreto para 2025 una vez sea aprobado.



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