Sala Plena de la Corte Constitucional finalizó la revisión del Decreto 1085 de 2023, mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira.
La Sala Plena adoptó la siguiente decisión:
Primero. Declarar INEXEQUIBLE el Decreto Legislativo 1085 de 2 de julio de 2023, “[p]or medio del cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira”.
Segundo. Conceder EFECTOS DIFERIDOS a esta decisión por el término de un (1) año, contados a partir de la expedición del Decreto 1085 de 2 de julio de 2023, respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua.
Tercero. Exhortar al Gobierno nacional y al Congreso de la República para que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ordinarias, adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira constatada en la Sentencia T-302 de 2017 y, con ello, se garantice la efectividad de los derechos fundamentales de las personas que habitan en esa zona del país.
Así mismo, para que fortalezcan las instituciones previstas en el ordenamiento jurídico con competencias en materia de cambio climático y le asignen los recursos que las circunstancias demanden.
En la decisión de la Sentencia C-383 2023, con ponencia conjunta de la magistrada Diana Fajardo y el magistrado José Fernando Reyes, salvaron su voto las magistradas Natalia Ángel y Cristina Pardo y el magistrado Juan Carlos Cortés. Por su parte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez y la magistrada Paola Meneses aclararon su voto y el magistrado Alejandro Linares reservó su aclaración de voto”.
La Crisis en La Guajira: Evaluación de la Sentencia C-383/23
La Sentencia C-383/23, emitida por la Corte Constitucional de Colombia, declaró la inexequibilidad, con efectos diferidos por un año, del Decreto Legislativo 1085 de 2023, que declaraba el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira. Esta decisión ha generado un profundo impacto en la situación económica, social y ecológica de la región, y en este artículo, analizaremos detalladamente los fundamentos y las implicaciones de esta sentencia.
La Crisis Climática en La Guajira
La Corte Constitucional, en su sentencia, reconoció la gravedad de la crisis climática que afecta de manera intensa al departamento de La Guajira. Esta crisis se manifiesta a través de eventos climáticos extremos y la escasez del recurso hídrico, lo que ha generado una situación humanitaria crítica. La falta de acceso al agua potable, el déficit en la cobertura de servicios de energía eléctrica y educación, así como los altos índices de pobreza multidimensional, son algunos de los desafíos que enfrenta la población de La Guajira.
La Responsabilidad del Congreso de la República
La Corte Constitucional señala que, en una democracia, el Congreso de la República es el órgano llamado a responder de manera efectiva y decidida a la crisis humanitaria estructural que afronta La Guajira. Sin embargo, se observa que el poder legislativo no ha tomado las medidas suficientes para abordar los problemas de pobreza, exclusión y desigualdad en la región. Esto ha llevado a una falta de avance significativo en la mejora de las condiciones de vida de la población guajira.
Evaluación de los Mecanismos Ordinarios
La Corte también realizó un escrutinio detallado de los mecanismos ordinarios disponibles para abordar la crisis en La Guajira. Se cuestionó por qué el Gobierno no hizo uso de la iniciativa legislativa para proponer al Congreso las medidas anunciadas en el Decreto Legislativo 1085, que debían ser adoptadas a través de ley. Además, no se explicó por qué no se utilizaron las facultades normativas contempladas en la Constitución ni los mecanismos del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.
Exhortación a las Instituciones
La Corte Constitucional emitió un exhorto tanto al Gobierno nacional como al Congreso de la República para que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ordinarias, adopten medidas urgentes y necesarias para superar la grave crisis humanitaria en La Guajira. Esto incluye fortalecer las instituciones encargadas de abordar el cambio climático y asignar los recursos necesarios para enfrentar la situación.
Diferimiento de la Inexequibilidad
La decisión de diferir por un año los efectos de la declaratoria de inexequibilidad del Decreto 1085 de 2023 se fundamenta en la necesidad de no empeorar la situación humanitaria ante el vacío legislativo que resulta de la inconstitucionalidad de los decretos de desarrollo. Esto permitirá que las medidas sean examinadas de manera más detallada bajo criterios de estricta necesidad y conexidad.
Conclusiones
La Sentencia C-383/23 de la Corte Constitucional de Colombia ha puesto de manifiesto la necesidad urgente de abordar la crisis en La Guajira de manera efectiva y decidida. El Congreso de la República y el Gobierno nacional tienen la responsabilidad de tomar medidas concretas para mejorar las condiciones de vida de la población y enfrentar los desafíos climáticos. El diferimiento de la inexequibilidad del Decreto 1085 de 2023 brinda una oportunidad para hacerlo de manera más cuidadosa y acertada.