De acuerdo con el Comunicado de Prensa y la Resolución No. 0205 del 27 de febrero de 2020, expedidos por la Superintendencia Financiera de Colombia, y según lo establecido por el artículo 6351 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 279 de la Ley 1819/16 (Reforma Tributaria), la tasa de interés moratorio para efectos tributarios se fija en 26.43% efectivo anual para el período comprendido entre el 1 al 31 de marzo de 2020.