Mediante la presente circular se imparten las siguientes instrucciones y se modifica el numeral 5.12.5. de la Circular Interna No 000011 del 16 de abril de 2020. Facilidades de pago. Medidas transitorias especiales en materia de procesos de insolvencia. Atención virtual de trámites de Inscripción o Actualización de RUT y Emisión o Renovación de Firma Electrónica. La solicitud de facilidad o acuerdo de pago en este contexto, deberá ser presentada por el interesado ante la Dirección Seccional de impuestos y Aduanas Nacionales de su domicilio, utilizando los medios que actualmente se han dispuesto y deberá ofrecer las garantías a que se refiere el artículo 814 del Estatuto Tributario |