La Corte Constitucional publicó el fallo completo de la sentencia que declaró exequible el artículo 63 de la Ley de Financiamiento (Ley 1943 del 2018), que al crear los delitos de omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes y el de defraudación o evasión tributaria atribuyó a la Dian, de manera exclusiva, el inicio de la acción penal.
Si bien los demandantes aducían que con tal facultad se desconocía el principio de separación de poderes y de legalidad en el ejercicio de la acción penal, por modificar el sistema de pesos y contrapesos, la Corte respaldó la redacción del legislador.