Los patrimonios autónomos son sujetos pasivos del impuesto al patrimonio siempre que sean contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta.

Síntesis del caso:

Se estudió la legalidad de los actos administrativos mediante los cuales la DIAN determinó de aforo el impuesto al patrimonio del año gravable 2010 y la sanción por no declarar a cargo de Patrimonios Autónomos Fiduciaria Bancolombia S.A. Sociedad Fiduciaria.

La Sala anuló dichos actos tras concluir que el Patrimonio Autónomo PA Títulos Megabanco, del que la Fiduciaria era vocera, no era sujeto pasivo del impuesto al patrimonio por dicha vigencia, toda vez que, para el año gravable 2009, el referido patrimonio autónomo no era contribuyente declarante del impuesto sobre la renta, condición sine qua non para adquirir la condición de sujeto pasivo del impuesto al patrimonio.
Consejo de Estado
Los patrimonios autónomos son sujetos pasivos del impuesto al patrimonio

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