El Ministerio de Hacienda expidió un decreto para reglamentar los artículos 27, 46, 55, 119, 206, 206-1, 235-2, literal e) del parágrafo 5 del artículo 240, 330, 331, 332, 333, 335 y 336 del Estatuto Tributario y modificar el Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria. La norma hace referencia al tratamiento tributario de los aportes obligatorios que efectúen los trabajadores, empleadores y afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones y de las cotizaciones voluntarias al régimen de ahorro individual con solidaridad, a los efectos tributarios del leasing habitacional; el procedimiento para la asignación de la renta presuntiva cedular; clasificación de las rentas cedulares de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes; rentas exentas y deducciones; límites a estas; tratamiento de las pérdidas fiscales de las personas naturales y los activos omitidos, pasivos inexistentes y recuperación de deducciones. |
Ministerio de Hacienda y Credito Publico. Decreto No 1435 / 05-11-2020 Descarga |