Nuevo Procedimiento para Obras por Impuestos en Bogotá D.C.: Requisitos y Beneficios


El Alcalde Mayor de Bogotá D.C. expide el Decreto No. 054 del 6 de febrero de 2025, el cual tiene como objetivo definir el procedimiento para que personas naturales o jurídicas contribuyentes de impuestos distritales accedan al Mecanismo de Obras por Impuestos, tal como se establece en el Artículo 287 del Acuerdo Distrital 927 del 2024.

Este mecanismo aplica a quienes, en el año o período gravable inmediatamente anterior, hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 33,610 Unidades de Valor Tributario (UVT).

Aspectos Clave:

  • Objeto:
    Establecer el procedimiento y condiciones para acceder al mecanismo de Obras por Impuestos.
  • Sujetos Aplicables:
    Personas naturales y jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.
  • Requisito Principal:
    Haber obtenido ingresos brutos ≥ 33,610 UVT en el periodo gravable anterior.
  • Modalidades Disponibles:
    Se contempla el acceso a dos modalidades, una de las cuales es la modalidad de convenio.
  • Base Legal:
    Artículo 287 del Acuerdo Distrital 927 del 2024 y Decreto No. 054 del 6 de febrero de 2025.

Resumen de Información Clave:

AspectoDescripción
ObjetoDefinir el procedimiento para acceder al Mecanismo de Obras por Impuestos
Base LegalArt. 287 del Acuerdo Distrital 927 del 2024; Decreto No. 054 del 6 de febrero de 2025
Sujetos AplicablesPersonas naturales y jurídicas contribuyentes de impuestos distritales
Requisito de IngresosIngresos brutos ≥ 33,610 UVT en el periodo gravable anterior
ModalidadesDos modalidades disponibles (incluyendo la modalidad de convenio)

El decreto establece un procedimiento claro para que los contribuyentes que cumplen con ciertos requisitos (ingresos brutos mínimos) puedan optar por el Mecanismo de Obras por Impuestos, transformando parte de sus obligaciones tributarias en inversión para proyectos de obra pública.

Ejemplo Práctico:
Imagina una empresa de construcción que, tras haber registrado ingresos superiores a 33,610 UVT el año pasado, decide utilizar el mecanismo. En lugar de pagar la totalidad de sus impuestos, la empresa invierte parte de ellos en la construcción de una vía pública, lo que le permite obtener beneficios fiscales y al mismo tiempo contribuir al desarrollo urbano.


Antes vs. Después del Pronunciamiento

AspectoAntes del PronunciamientoDespués del Pronunciamiento

| Definición del Procedimiento | No existía un procedimiento específico y detallado para el mecanismo. | Se establece un procedimiento claro para acceder al mecanismo de Obras por Impuestos. |

| Requisitos de Acceso | No se especificaba un umbral concreto de ingresos para aplicar al mecanismo. | Se fija el requisito de ingresos brutos ≥ 33,610 UVT en el periodo gravable anterior. |

| Modalidades de Aplicación | La modalidad y condiciones no estaban claramente definidas. | Se identifican dos modalidades, entre ellas la modalidad de convenio, con condiciones claras. |

| Transparencia y Control | Existía menor claridad en la aplicación y control del mecanismo. | Se fortalecen los mecanismos de transparencia y control en el uso de los recursos. |


Investigación en Fuentes Relevantes

Se han consultado diversas fuentes especializadas en temas fiscales y de infraestructura para complementar la información sobre la idea principal:

  • Actualícese: Destaca la importancia de innovar en la gestión pública a través de mecanismos que integren inversión privada y obras públicas.
  • Póngasealdía: Publica análisis sobre nuevas modalidades de financiación de proyectos de infraestructura mediante incentivos fiscales.
  • CIJUF: Revisa el impacto de los mecanismos tributarios en la eficiencia del gasto público.
  • DIAN: Informa sobre la aplicación de incentivos fiscales para optimizar la recaudación y fomentar la inversión en el sector público.
  • Portafolio: Analiza las implicaciones financieras y beneficios para las empresas que optan por este mecanismo.
  • UGPP: Aporta perspectivas sobre la importancia de la transparencia en la administración de recursos y en el cumplimiento de obligaciones tributarias.
  • Consultor Contable y Conpucol: Ofrecen asesoría y recomendaciones sobre el manejo contable y fiscal en el marco de estos mecanismos.
  • Ámbito Jurídico y La República: Realizan estudios sobre la seguridad jurídica y los cambios normativos en materia de contratación pública.
  • CETA y Gerencie: Publican reportes sobre las mejores prácticas en la implementación de proyectos de obra pública financiados a través de incentivos fiscales.

Datos Relevantes Encontrados

  • Optimización de Recursos:
    La DIAN ha señalado que los mecanismos de Obras por Impuestos permiten optimizar la inversión en infraestructura sin aumentar la carga tributaria directa a las empresas (DIAN, 2025).
  • Transparencia y Control:
    Según la UGPP, estos mecanismos fortalecen la transparencia en la ejecución de obras públicas, reduciendo riesgos de corrupción y mejorando la rendición de cuentas (UGPP, 2025).
  • Beneficios Empresariales:
    Portafolio destaca que la participación en estos mecanismos no solo impulsa el desarrollo urbano, sino que también mejora la imagen corporativa de las empresas involucradas (Portafolio, 2025).

6. Pregunta y Respuesta

Pregunta:
¿Sabía usted que el mecanismo de Obras por Impuestos incentiva inversión en infraestructura pública?

Respuesta:
Sí, este mecanismo permite que contribuyentes conviertan parte de sus obligaciones fiscales en proyectos de obra pública, beneficiando a la comunidad.


Normatividad

NormatividadDescripción
Artículo 287 del Acuerdo Distrital 927 del 2024Establece el marco legal para el Mecanismo de Obras por Impuestos.

| Decreto No. 054 del 6 de febrero de 2025 | Regula el procedimiento, condiciones y requisitos para acceder al Mecanismo de Obras por Impuestos. |


Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué es el Mecanismo de Obras por Impuestos?
    Es una modalidad que permite transformar parte de los impuestos en inversión para proyectos de obra pública.
  • ¿Quiénes pueden acceder al mecanismo?
    Personas naturales y jurídicas que sean contribuyentes y que hayan alcanzado el umbral de ingresos establecido (≥ 33,610 UVT).
  • ¿Cuáles son los requisitos principales?
    Ser contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios y haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 33,610 UVT en el periodo anterior.
  • ¿Qué modalidades contempla el mecanismo?
    Se menciona la modalidad de convenio, entre otras, que permiten diversas formas de participación.
  • ¿Cuál es el objetivo del decreto?
    Facilitar la inversión en infraestructura pública a través de incentivos fiscales, beneficiando tanto al sector público como a los contribuyentes.

En resumen.

El Decreto No. 054 del 6 de febrero de 2025 establece un procedimiento claro para que contribuyentes que cumplan con el requisito de ingresos brutos (≥ 33,610 UVT) puedan acceder al Mecanismo de Obras por Impuestos. Este mecanismo transforma parte de la carga fiscal en inversión para proyectos de obra pública, facilitando la participación de personas naturales y jurídicas en el desarrollo urbano.

El mecanismo ofrece dos modalidades de acceso, incluida la modalidad de convenio, y se fundamenta en el Artículo 287 del Acuerdo Distrital 927 del 2024. Esto garantiza mayor transparencia y eficiencia en la ejecución de proyectos de infraestructura.

Diversas fuentes especializadas respaldan que esta estrategia no solo optimiza el uso de los recursos públicos, sino que también genera beneficios económicos y mejora la imagen corporativa de las empresas involucradas, promoviendo un desarrollo urbano sostenible y responsable.