Consulta: Con toda atención y respeto me permito elevar la presente consulta, que por la situación de pandemia se sale de los parámetros normativos y generó duda en los usuarios de la información. Una compañía durante 2019 generó ingresos por encima del tope establecido para el nombramiento del revisor fiscal y con ocasión del aislamiento obligatorio establecido en el del decreto 434 y posteriores se determinó aplazar la asamblea de accionistas siguiendo los lineamientos del ministerio de comercio y la supersociedades en sus resoluciones, que otorgaron plazos máximos hasta Julio 01. En medio de ese panorama y en el transcurrir del semestre la compañía evidenció una reducción ostensible en sus ingresos comparados mes a mes con los del año anterior, inicialmente del 40% en el primer trimestre hasta llegar al 70% al corte de junio de 2020; en ese entendido la proyección con la situación actual evidencia claramente (si la actividad se reactiva en el mes de Julio) que difícilmente se llegará al 45% de los ingresos logrados para 2019, con lo cual surgió recientemente en algunos accionistas la siguiente pregunta: Estaremos en realidad obligados a nombrar revisor fiscal, a pesar de que la proyección a diciembre de 2020 en el mejor de los casos nos deja por debajo del 45% de los ingresos logrados en 2019 y que nos obligan a nombrar revisor fiscal en el marco de la asamblea, en el entendido que es una carga económica adicional que sería imposible sustentar en medio de la situación pandémica actual en la que de manera infortunada incluso tuvimos que prescindir de 3 de los 18 empleados? |
Consejo Técnico de la Contaduría Pública Obligación de tener Revisor fiscal por tope de ingresos. Descarga |