Mediante el radicado de la referencia, el peticionario realiza unas preguntas relacionadas con
la aplicación del artículo 34 de la Resolución No. 000085 de 2022, las cuales se atenderán a su
turno.
- “¿Existe alguna excepción o regulación diferente a la Resolución N° 00085 del 08 de
abril de 2022 para las aseguradoras del ramo SOAT respecto al envío de los mensajes
electrónicos de confirmación del recibido de la factura y de los bienes o servicios
adquiridos con pago a plazo?
¿Cuál es el término máximo con que cuentan las Aseguradoras del ramo SOAT para
remitir el “acuse de recibo” a las facturas electrónicas de ventas debidamente radicadas
por parte de nuestra institución?”