Para desvirtuar el contrato de prestación de servicios, es el demandante quien tiene la carga de demostrar la relación laboral.


Javier Betancourt Ríos llamó a juicio a la Industria Nacional de Gaseosas SA – (Indega SA), con el fin de que se declarara, i) la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido entre ellos, sin solución de continuidad desde el 21 de julio de 1987 hasta el 4 de agosto de 2011 en el cargo de primer vendedor; ii) la falta de reconocimiento de las prestaciones sociales, salarios, vacaciones, cesantías y sus respectivos intereses, dotación laboral de calzado y vestido, generados entre el 10 de mayo de 1996 y el 4 de agosto de 2011; y, como consecuencia de lo anterior, fuera condenada a pagarle las sumas causadas y adeudadas.

Según el demandante, la demandada disfrazó la relación laboral con el fin de «evadir o eludir obligaciones patronales con mi mandante y tributarias con la administración municipal y la DIAN, máxime que la distribución y venta de sus productos hacen parte del objeto social […] y no pueden tercerizarse o
subcontratarse» y que el 18 de julio de 2011 informó por escrito la entrega de la ruta de distribución a él asignada,