
Para el cuarto trimestre de 2020, se realizará una fusión entre dos compañías vigiladas por la SFC. Una compañía ya está definida como adquiriente, y la otra por consiguiente, es la adquirida. La adquiriente es una compañía que presenta estados financieros individuales, y que por cuestiones de negocio, va a fusionar a la otra compañía para unificar sinergias en el mercado de valores. De acuerdo con el párrafo 4 de la NIIF 3, es necesario aplicar 4 pasos: identificación de la adquirente, determinación de la fecha de adquisición, reconocimiento de los activos y pasivos y, reconocimiento y medición de plusvalía o ganancia por compra en términos muy ventajosos. La consulta va a encaminada al último paso, que habla sobre el reconocimiento y medición de una plusvalía. 1) si de acuerdo con la teoría se genera una plusvalía, ¿en qué cuenta y concepto contable debería incluirse en los estados financieros individuales de la adquirente? Entendiendo que la NIIF 3 nos habla de una plusvalía que se reconoce en los estados financieros consolidados; y 2) Si efectivamente da lugar a registrar una plusvalía, ¿tendrá que evaluarse el deterioro de la misma, de acuerdo con el párrafo 80 de la NIC 36? ….” |
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